Reglas de negocio¶
| Código | Regla de negocio |
|---|---|
| RN-01 | Cada año debe realizarse un diagnóstico de necesidades de superación. |
| RN-02 | Las necesidades pueden tener origen interno o externo. |
| RN-03 | Las necesidades deben priorizarse antes de diseñar programas. |
| RN-04 | Un programa puede ser curso, entrenamiento, diplomado, maestría o especialidad. |
| RN-05 | Todo programa debe tener título, objetivos, contenidos, modalidad, duración, créditos, coordinador y perfil de ingreso. |
| RN-06 | Cada crédito equivale a 30 horas de trabajo del estudiante. |
| RN-07 | Los diplomados, maestrías y especialidades deben contar con Comité Académico. |
| RN-08 | Cursos y entrenamientos requieren aprobación institucional. |
| RN-09 | Maestrías y especialidades requieren aprobación nacional mediante resolución ministerial. |
| RN-10 | No se puede convocar una maestría o especialidad sin resolución ministerial aprobada. |
| RN-11 | Cada edición de programa debe numerarse consecutivamente. |
| RN-12 | Toda convocatoria debe definir calendario, requisitos de ingreso y proceso de selección. |
| RN-13 | El aspirante debe presentar título universitario y documentos exigidos. |
| RN-14 | El aspirante extranjero debe presentar título legalizado y cotejado cuando corresponda. |
| RN-15 | El Comité Académico evalúa y aprueba o rechaza solicitudes de ingreso. |
| RN-16 | Al aspirante aceptado se le abre un expediente digital. |
| RN-17 | El expediente debe almacenar documentos, calificaciones, asistencia y novedades. |
| RN-18 | Las calificaciones permitidas son Excelente, Bien, Aprobado y Desaprobado. |
| RN-19 | El sistema debe controlar créditos acumulados por estudiante. |
| RN-20 | El sistema debe controlar estado académico general del estudiante. |
| RN-21 | Deben gestionarse prórrogas por causas justificadas. |
| RN-22 | Deben gestionarse bajas voluntarias y forzosas. |
| RN-23 | El plazo máximo para culminar maestrías y especialidades es de cinco años desde el inicio de la edición. |
| RN-24 | El sistema debe generar alertas cuando un estudiante se acerque al plazo máximo. |
| RN-25 | El tutor no puede atender más de cinco estudiantes por edición. |
| RN-26 | En diplomados, la memoria escrita debe tener máximo 40 cuartillas. |
| RN-27 | En maestrías y especialidades, la memoria escrita debe tener máximo 80 páginas. |
| RN-28 | La memoria debe entregarse al Comité Académico con al menos 25 días hábiles de antelación. |
| RN-29 | El oponente debe recibir la memoria con al menos 21 días de antelación. |
| RN-30 | El oponente debe emitir opinión cinco días antes de la defensa. |
| RN-31 | El tribunal debe tener número impar de miembros. |
| RN-32 | Si el estudiante desaprueba la evaluación final, tiene derecho a una segunda y última convocatoria. |
| RN-33 | La evaluación final de maestrías y especialidades no puede convalidarse. |
| RN-34 | Cursos, entrenamientos y diplomados emiten certificados. |
| RN-35 | Maestrías y especialidades emiten títulos académicos. |
| RN-36 | El sistema debe conservar archivo histórico de graduados. |
| RN-37 | El sistema debe generar listados de matrícula, actas, relación de graduados e indicadores. |
| RN-38 | Los reportes deben poder exportarse a Excel, PDF y XML. |
| RN-39 | Todas las acciones críticas deben quedar auditadas. |
| RN-40 | Los datos sensibles deben protegerse mediante cifrado y control de acceso. |
| RN-41 | Toda acción crítica debe registrar usuario, fecha, acción, entidad e identificador. |
| RN-42 | Los intentos fallidos de inicio de sesión deben registrarse para auditoría. |
| RN-43 | Un usuario bloqueado por intentos fallidos solo puede ser desbloqueado por el Administrador. |
| RN-44 | El expediente digital debe ser único por estudiante y por edición. |
| RN-45 | Un estudiante no puede tener dos matrículas activas en la misma edición. |
| RN-46 | Una solicitud aprobada debe generar obligatoriamente un expediente digital. |
| RN-47 | Los certificados y títulos deben almacenarse en el repositorio documental con firma digital. |
| RN-48 | El código de validación debe ser único e irrepetible por documento. |
| RN-49 | Los listados oficiales deben incluir fecha de generación, responsable y firma digital. |
| RN-50 | El sistema debe permitir la restauración de copias de seguridad en ventanas controladas. |
| RN-51 | El sistema debe mantener histórico de cambios de estado de cualquier solicitud. |
| RN-52 | El sistema debe permitir anular matrículas solo con motivo registrado y aprobación. |
| RN-53 | El estudiante con baja forzosa no puede reingresar a la misma edición. |
| RN-54 | La planificación de actividades debe respetar la capacidad de la edición. |
| RN-55 | Toda notificación automática debe registrar el destinatario y la fecha de envío. |
| RN-56 | El sistema debe aplicar el principio de menor privilegio en todos los roles. |
| RN-57 | Las integraciones externas deben poder activarse y desactivarse por configuración. |
| RN-58 | La comunicación con sistemas externos debe cifrarse y autenticarse. |
| RN-59 | Los datos exportados al MES deben ajustarse al formato XML oficial vigente. |
| RN-60 | El sistema debe registrar versiones de los programas para trazabilidad histórica. |
Resumen visual de reglas¶
mindmap
root((Reglas de negocio))
Académicas
RN-04 Tipo programa
RN-06 30h por crédito
RN-18 Escala calificación
RN-23 Plazo 5 años
RN-25 Máx. 5 tutorados
RN-26 RN-27 Extensión memoria
Admisión
RN-13 Título obligatorio
RN-14 Extranjero legalizado
RN-15 Comité aprueba
RN-46 Solicitud aprobada => expediente
Programas
RN-08 Aprobación institucional
RN-09 RN-10 Aprobación nacional
RN-60 Versiones de programa
Evaluación final
RN-28 25 días hábiles
RN-29 21 días al oponente
RN-30 5 días antes de defensa
RN-31 Tribunal impar
RN-32 Segunda convocatoria
RN-33 No convalidación
Certificación
RN-34 Certificados
RN-35 Títulos
RN-47 Firma digital
RN-48 Código único
Seguridad
RN-39 Auditoría
RN-40 Cifrado
RN-41 Trazabilidad acción
RN-56 Menor privilegio
RN-58 Integraciones cifradas